Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, Pasaje y Turismo, México-Guatemala

 

Mediante el otorgamiento de una Constancia de Registro se permite la prestación de los Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, Pasaje y Turismo, México-Guatemala, al amparo del Memorando de Initiates file downloadEntendimiento  para el transporte terrestre internacional de carga general, de pasajeros y de turismo en la zona fronteriza, suscrito el  27 de julio de 2011,  entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes de México y el Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda de Guatemala.

 

¿Qué servicios de Autotransporte Internacional están autorizados?

 

Los servicios de autotransporte internacional de carga general de remolques y semirremolques, de turismo y pasajeros, únicamente en las zonas fronterizas autorizadas en ambos países.

 

Queda prohibido realizar servicios de cabotaje.

 

¿Qué es una Zona Fronteriza Autorizada?

 

Son áreas delimitadas para prestar los Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, Pasaje o Turismo en la frontera entre México y Guatemala:

 

En Guatemala:

En México:

Se establece el recinto fiscal aduanero “Ingeniero Juan Luis Lizarralde” (Tecún Umán) ubicado en el Municipio de Ayutla, Departamento de San Marcos.

Guatemala podrá autorizar la transferencia de la carga general, en las centrales de transferencia hasta  20 km después de la franja fronteriza.

 

Para el servicio de transporte terrestre internacional de Carga General, se establece el recinto fiscal aduanero, Ciudad Hidalgo, Tapachula y Puerto Chiapas, mientras que para Pasaje y Turismo las terminales de transferencia ubicadas en Talismán y Tapachula.

 

 

¿Quién puede operar estos servicios?

 

Los autotransportistas de carga domiciliados en Guatemala o México que soliciten prestar los Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, Pasaje y Turismo.

 

¿Cómo y dónde solicito la Constancia de Registro para prestar estos servicios?

 

Para la obtención de la Constancia de Registro que permita la prestación de los Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, Pasaje y Turismo entre México y Guatemala, es necesario enviar un correo electrónico o presentar un escrito a las autoridades de transporte de México o Guatemala que se enlistan abajo, en el que el transportista solicite su “registro para ingresar a la franja fronteriza permitida en el Memorándum de Entendimiento para el transporte terrestre internacional de carga general, de pasajeros y de turismo, para prestar servicios de autotransporte transfronterizo de carga general, o de pasaje y turismo, en la zona fronteriza, en …”.

 

 

 

Para Guatemala:

Para  México:

Dirigido a la Dirección General de Transportes:

Dirigido al Centro SCT Chiapas:

Ing. Axel Fraterno Xuya Velasquez,

Director General de Transportes,

direccion@dgt.gob.gt

15 calle 11-41 zona 1, C.P. 01000
Ciudad de Guatemala, Guatemala
Teléfono Directo: 00(502) 2414 0152
Conmutador: 00 (502) 2414 0200 extensión 2106

 

 

Ing. José Luis Méndez Rovelo

Subdirector de Transporte,

jmendezr@sct.gob.mx

Av. Central Ote. No.1228, C.P. 29000, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, México, Teléfono: (52) (961) 4541118 o bien a:

Lic. Zulma Cancino López

Departamento de Autotransporte Federal Tapachula,

zcancino@sct.gob.mx

4ta Av. Sur No. 111 Col. Centro C.P. 30700, Tapachula, Chiapas, México, Teléfono + (52) (962) 625 1366.

 

¿Cuáles son los requisitos y documentación para obtener la Constancia de Registro para la prestación de los Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, Pasaje y Turismo?

 

Para ambos países debe anexarse a la solicitud de Constancia de Registro, la siguiente documentación:

Transportistas.-

·         Nombre, denominación o razón social (persona moral o persona física) especificar el nombre completo de la empresa, según corresponda.

·         Número de Identificación Tributaria (NIT) o Registro Federal de Contribuyentes (RFC).

·         Que el transportista cuente en su país de origen con el registro vigente ante la Dirección General de Transportes de Guatemala, o bien vigente ante la Dirección General de Autotransporte Federal de la SCT de México.

·         En su caso, datos del representante legal y descripción del documento que lo acredita como tal.

 

Vehículos.-

·         Declaración de características de la unidad. (Marca, Tipo, Modelo, Número de serie, Placas), tarjeta de circulación vigente

·         Código Aduanero

·         Certificado de baja emisión de contaminantes, expedido por centros de verificación de emisión de contaminantes autorizados por la SCT.

·         Seguro válido con cobertura por daños a terceros:

 

En Guatemala, de conformidad con las disposiciones del Memorándum, y emitidos por compañías aseguradoras con cobertura por daños a terceros válido en Guatemala.

En México, para Carga, por un monto de 19,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal, México (SMDV DF); para Pasaje y Turismo deberá cubrir 3,160 SMDV DF.

·         Seguro por daños ecológicos (para servicios de Carga de Materiales y Residuos Peligrosos).

 

Conductores o Pilotos.-

·         Licencia de conducir vigente en la modalidad del servicio que corresponda (nombre, número de licencia, vigencia y tipo).

 

¿Qué sucede una vez enviada y recibida la solicitud de Constancia de Registro?

En caso de no haber ninguna omisión o error en los documentos solicitados:

Para transportistas guatemaltecos:

 

Para transportistas mexicanos:

- La Dirección General de Transportes, notificará a la Subdirección de Transporte del Centro SCT Chiapas, por medio de correo electrónico, que los trámites del procedimiento de registro quedaron debidamente cumplidos.
- El Centro SCT Chiapas, entregará al transportista la constancia del registro correspondiente, a través del Departamento de Autotransporte Federal de Tapachula.

 

- Una vez realizado el registro, la Subdirección de Transporte del Centro SCT Chiapas, notificará a la Dirección General de Transportes de Guatemala, por medio de correo electrónico, que los trámites del procedimiento de registro quedaron debidamente cumplidos.

- La Dirección General de Transportes, entregará al transportista la constancia del registro correspondiente, a través del Delegado de la DGT en Tecún Umán.

 

En caso de requerir mayor información para la prestación de los  Servicios de Autotransporte Internacional de Carga, pasaje y turismo en México,  favor de comunicarse a los siguientes puntos de contacto:

 


 

 

 

Actualizada al 02/Jul/2020, 18:31