Agrega y comparte

Sala de Prensa

SCT publicó reglamento de la ley de navegación y comercio marítimos en el DOF


05.03.2015

•  Representa un hito en el sector de Marina Mercante

•  Brinda certeza jurídica a los participantes de las actividades del ámbito marítimo y fomenta el comercio 

•  Entrará en vigor el próximo 4 de abril 

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes publicó el Reglamento de la Ley de Navegación y Comercio Marítimo (RLN y CM) en el Diario Oficial de la Federación el día de ayer, lo que marca un hito en el sector de Marina Mercante.

Este ordenamiento, que entrará en vigor 30 días naturales después de su publicación, brinda seguridad jurídica a los participantes de este sector, toda vez que evita a particulares, empresas y usuarios de los servicios de la autoridad marítima, o a quien requiera defenderse de alguna de sus acciones, la necesidad de consultar varios reglamentos.

El proyecto desarrolla temas sustanciales de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos (LNCM), de los cuales destaca:

•  Disposiciones generales, (objeto, definiciones, cartas garantías y seguro marítimo).

•  De la marina mercante, (extraordinaria especialización, abanderamiento y matrícula, registro público marítimo nacional, agentes navieros y educación náutica).

•  De la navegación, (permisos temporales de navegación, para servicios y autorizaciones de permanencia, maniobra, turismo náutico, y prevención de la contaminación).

•  Se adecua la terminología utilizada en materia de hidrocarburos a la nueva Ley de Hidrocarburos.

Con dicha disposición Reglamentaria se busca evitar la dispersión de los ordenamientos administrativos de la ley, lo que causa inseguridad a los particulares, empresas y usuarios de los servicios de la autoridad marítima o a quien debe defenderse de los actos de la misma y que para hacerlo debe consultar varios reglamentos.

De igual manera con este nuevo reglamento encontrarán en un solo cuerpo normativo los distintos temas que comprende la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, trátese de navegación, educación naval mercante, seguros marítimos, inspección naval, registro público marítimo, abanderamiento y matrícula de embarcaciones y artefactos navales, prevención marina, entre otros.

Con la expedición del citado Reglamento se abrogan, los siguientes ordenamientos:

1.   Reglamento de la Ley de Navegación (16 de noviembre de 1998).

2.   Reglamento de Inspección de Seguridad Marítima (12 de mayo de 2004).

3.   Reglamento de Turismo Náutico (1 de octubre de 2004).

4.   Reglamento para el Arqueo de Embarcaciones Mercantes (31 de octubre de 1988).

5.   Reglamento para la Formación y Capacitación de los Tripulantes de la Marina Mercante y para la expedición de Títulos, Certificados, Libretas de mar y de identidad marítima (12 de noviembre de 1982).

6.   Reglamento General para el Sistema de Organización y Control de Tráfico Marítimo Nacional (13 de enero de 1988).

7.   Reglamento de Uniformes, Insignias y Distintivos para el uso del personal perteneciente a la Marina Mercante de México (21 de mayo de 1980).

Finalmente, se destaca que el referido Reglamento fue refrendado por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Secretaría de Salud, Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Marina y esta Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

—o0o—


Última modificación:

05.03.2015, 19:03 Por: Comunicación Social SCT

Archivos y enlaces relacionados.

Actualizada al 01.02.2013, 18:28
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES- ALGUNOS DERECHOS RESERVADOS © 2012 - POLÍTICAS DE PRIVACIDAD

Avenida Xola, esquina con Eje Central, S/N, Col. Narvarte, Del. Benito Juárez

Distrito Federal CP. 03020, Tel. (55) 5723-9300

Comentarios sobre este Sitio de Internet